Seguros Particulares
Comercio
Por esta modalidad de seguro se identifican los riesgos propios de cualquier actividad económica que no signifique una transformación industrial de mercancías, o su almacenamiento.
En consecuencia, cualquier actividad comercial, incluso de oficinas, encajará en este tipo de pólizas.
En cuanto a su amplitud, se trata de un combinado de prestaciones por diferentes causas de riesgo, entre daños propios y daños a terceros, diferenciándose estas prestaciones entre indemnización por daños y compensación por gastos.
Como causas de daño propio, entre otras, situamos a los riesgos de incendio, explosión, robo, cristales, agua, rayo, climatológicos…
Por daños a terceros se contemplan los perjuicios causados a terceros por la explotación de la actividad, incluyendo opcionalmente la responsabilidad que pueda derivarse por daños a empleados. Debe indicarse que en función de la actividad, la cobertura de la responsabilidad civil puede merecer un tratamiento especial complementario. Así, por ejemplo, gabinetes médicos, ingeniería, arquitectura, talleres mecánicos, informáticos, salas de fiesta, etc.
Como gastos, y a modo de ejemplo, bomberos, deshabitación, desescombro de restos, localización de escapes, etc.
Es importante definir correctamente los capitales. También recomendamos pactar la modalidad de valor a nuevo.
| Cuestionario Oficinas | ||
| Cuestionario Comercio |
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