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A partir del 1 de Julio de 1999 entró en vigor el Reglamento del seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas (RD 607/99)
El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil en que pueden incurrir tanto el naviero y el propietario, como patrón o tripulación, debidamente autorizados, que actúen en el gobierno de la embarcación.
EL RD 607 obliga a:
- Todas la embarcaciones propulsadas a motor (incluso motos acuáticas)
- Embarcaciones sin motor de eslora superior a 6mts.
- Embarcaciones extranjeras que cumplan los requisitos anteriores y naveguen por aguas españolas.
Y, aunque no sea obligatorio si es conveniente, recomendamos siempre incluir la cobertura de pérdidas o daños materiales sufridos por la embarcación (Incendio, colisión, abordaje, robo, naufragio, varada,…) y los accidentes personales que puedan sufrir los ocupantes (muerte, invalidez, asistencia)
| Cuestionario Embarcaciones |
Una vez impreso el cuestionario, cumpliméntelo, fírmelo y envíelo a Unibrok mediante:
93 487 92 00 o mediante nuestro formulario de contacto. |
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